UNIDADES
DE ATENCIÓN CIUDADANA
RECHAZADO
E PRIMERA INSTANCIA DEL PEDIDO DE INCONSTITUCIONAL DE LAS UNIDADES
DE ATENCIÓN CIUDADANA . UAC.
Por Elena Luz
González Bazán especial para Villa Crespo Digital
3 de octubre
del 2011
El 29 de septiembre
pasado, la jueza Gabriela Seijas resolvió, en primera instancia,
sostener que "la Constitución local le otorga al Jefe
de Gobierno" las "atribuciones" para la creación
de las Unidades de Atención Ciudadana.

De tal forma
que la acción de amparo presentada por legisladores y algunos
vecinos de la Ciudad de Buenos Aires, que tenían por objetivo
declarar la inconstitucionalidad de la creación de las Unidades
de Atención Ciudadana, fue rechazada en primera instancia
por la jueza Gabriela Seijas, interviniente en la causa.
La jueza Seijas
es del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo
y Tributario Nº 15, resolvió rechazar la medida cautelar
agregando que “En primer término, cabe mencionar que
la Constitución local otorga al Jefe de Gobierno atribuciones
para establecer la estructura y organización funcional de
la Administración Pública y para coordinar las distintas
áreas de la Administración central con las comunas
(confr. art. 104,inc. 9º y 15, de la CCABA)”.
Por su lado,
desde el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires afirman que: "Las
Unidades de Atención Ciudadana procurarán el buen
funcionamiento en la prestación de servicios a cargo de otros
ministerios, que actualmente se brindan en los Centros de Gestión
y Participación Comunal, propendiendo a su optimización".
Agregan que:
"Además, asistirán y promoverán la coordinación,
supervisión y control en las prestaciones de dichos servicios,
como por ejemplo, el de Rentas, el otorgamiento de licencias de
conducir o los del Registro Civil".
FUENTES: Prensa Jefe de Gabinete gobierno porteño.
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