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ANULAN DESPIDO DE TRABAJADORA EMBARAZADA

Producción periodística Haydeé Dessal especial para Villa Crespo Digital

10 de septiembre del 2011

Anulan el despido de una trabajadora embarazada y ordenan reincorporarla en sus tareas habituales.

Lo decidió la Sala VII de la Cámara del Trabajo. Exigió que se le pague los salarios caídos y una indemnización por daño moral. Además, consideró que no se puede considerar como notificación los avisos de visita formulados por el empleado de correo
La Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó un fallo de primera instancia y consideró que en el caso se configuró “un despido discriminatorio por causa de un embarazo” a una trabajadora que había comunicado su estado de gravidez a la empleadora.

En su fallo, el tribunal declaró la nulidad del despido y condenó a la empleadora a que proceda a reinstalar a la trabajadora en sus tareas habituales, además de abonarles los salarios caídos y la suma de 30.000 pesos en concepto de daño moral.
Asimismo, la Cámara consideró que la notificación fehaciente del despido se realizó una vez que finalizó el período de prueba de la trabajadora, desestimando la pretensión de la demandada para que se considere como válidos los avisos de visita dejados anteriormente por el empleado de correo, criterio que fuera receptado por el fallo de primera instancia.


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10 Septiembre, 2011 23:34