CONDUCTOR NO HABILITADO PARA MANEJAR TAXI
LEGISLATURA PORTEÑA
Por la Redacción
Villa Crespo Digital
28 de abril del
2012
Presidido por
la vicejefe de gobierno porteño, María Eugenia Vidal
y el Vicepresidente, legislador Cristian Ritondo del PRO se propuso
un proyecto de ley: Conductor no habilitado para manejar taxi.
Este es un proyecto
de ley que propone modificar el artículo 12.11.2.2 del Código
de Tránsito y Transporte con el objeto de especificar qué
se entiende por conductor no habilitado para manejar taxi.
De esta manera
se agregaría al artículo original, luego de decir
"un conductor no habilitado" la siguiente consideración:
"para prestar dicho servicio, o no habilitado para conducir
esa unidad", continuando luego con el texto primario.
En tal sentido,
en el artículo original estable que: "La prestación
de servicio de taxi mediante un conductor no habilitado dará
lugar al labrado del acta de comprobación a su conductor
y al titular de la Licencia le será dispuesta la caducidad
de la misma, pudiendo incluso disponerse la inhabilitación
del responsable por el término de cinco (5) años para
ejercer la actividad”.
Entre los fundamentos
del despacho correspondiente al expediente iniciado por el Diputado
Claudio Palmeyro (Peronista), se aclara: "debe considerarse
que se trata de un conductor no habilitado cuando el mismo carece
de habilitación para brindar el servicio público de
taxis, o cuando lo hace en una unidad para la cual no se haya registrado".
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