ESPECIAL
SOBRE COMUNAS Y LAS ELECCIONES 2011
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DEBATE
DE LOS CANDIDATOS COMUNALES DE LA 15
ACTUALIZACIÓN
DE CANDIDATOS

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Este
jueves 7 de julio a partir de las 19.30 horas, en Maure 3955,
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debatirán los
candidatos comunales, los dos primeros de cada lista.
6
de julio |
DEBATE
DE LOS CANDIDATOS COMUNALES
6
de julio del 2011
Este
jueves 7 de julio a partir de las 19.30 horas, en Maure 3955, Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, debatirán los candidatos comunales,
los dos primeros de cada lista.
La
organización está a cargo del Plenario de la 15.

ESPECIAL
SOBRE LAS COMUNAS PORTEÑAS
Producción
Periodística de Haydeé Dessal y Elena Luz González
Bazán especial para Villa Crespo Digital
27 de mayo del 2011
MÁS
DINERO PARA GASTAR
EL VOTO PORTEÑO VALE MÁS
Si se reglamenta,
a partir de estos comicios, los partidos porteños incrementarán
sus recursos para su campaña gracias a una modificación
aprobada en la Legislatura porteña.
El valor del voto obtenido en la pasada elección subió
de 0.50 a 1.70 pesos. Los votos en blanco se reparten entre todos por
igual. El gasto autorizado se eleva a más de 10.500.000 pesos.
Por unanimidad se aprobó esta tarde en la Legislatura de la Ciudad
de Buenos Aires el aumento del gasto permitido a los partidos políticos
porteños para su campaña 2011. Con una serie de modificaciones
a la Ley 268, los legisladores lograron un total acuerdo (53 votos afirmativos
sobre 53) para que los partidos no sólo aumenten sus ingresos,
sino que incrementen considerablemente el monto máximo autorizado
para gastos de campaña. Este gasto el es el resultante de multiplicar
la cantidad de electores (cerca de dos millones y medio) por tres categorías
en juego, por 1,40. Así, a partir de hoy, los partidos tienen
como tope de gasto 10.500.000 pesos.
Para alcanzar esa
cifra, según lo establecido en las modificaciones, los partidos
podrán utilizar el pago del voto obtenido en la pasada elección
(su valor subió de 0.50 a 1.70 pesos), "financiación
pública"; y aportes de privados (por persona física,
70 mil pesos).
En caso de ballotage,
también, por la nueva normativa, se autoriza un nuevo gasto por
el mismo valor máximo que para la categoría Jefe de Gobierno.
En calidad de miembro
informante del proyecto, el presidente de la Comisión de Presupuesto
y Hacienda, Álvaro González, reiteró las explicaciones
que había brindado en días pasados y enfatizó su
discurso remarcando que "el valor del voto está desactualizado
y actualizarlo es el espíritu del proyecto".
Por su parte, el
presidente del bloque de la Coalición Cívica, Fernando
Sánchez, al fundamentar su voto, expresó que "la
relación de la política y el dinero siempre ha sido oscura
en Argentina, hemos llegado a situaciones extremas en que el financiamiento
de las campañas provino del narcotráfico y el crimen organizado".
"Sólo con leyes responsables como ésta, que la Coalición
Cívica defiende en todos los ámbitos, podemos garantizar
lealtad en los principios y libertad en las acciones. Es esto o la mafia
de los medicamentos”, concluyó.
LAS COMUNAS,
LOS CONTROLES Y LA TRANSPARENCIA
Existen dos formas
de control de los representantes: Por un lado, el control intra estatal,
es decir, la existencia de ciertos organismos de gobierno que tienen
autoridad legal y competencia para limitar y controlar la gestión
de otros organismos del Estado. Para ello existe la división
de poderes con sus sistemas de frenos y contrapesos y las instituciones
con que cuentan las democracias contemporáneas: las agencias
de supervisión (auditorias, defensorías, contralorías,
fiscalías y órganos afines).
Por otro lado, existe
una suerte de “accountability vertical”. Este es un término
acuñado por el politólogo argentino Guillermo O´Donnell.
La accountability vertical consiste en todos los mecanismos con que
cuenta la sociedad civil (las asociaciones civiles, las ONG´s,
los medios de comunicación, los gremios) que funcionan como instancias
políticas de conexión entre el ciudadano común
y su representante.
DESCENTRALIZACIÓN
COMUNAL
Las comunas son unidades
de gestión política y administrativa descentralizada con
competencia territorial, patrimonio y personería jurídica.
Cada una de ellas estará gobernada por una junta comunal de siete
miembros, según lo establecido por la Constitución local
en 1996, en su Título Sexto. Sus integrantes serán elegidos
por primera vez el próximo 10 de julio, en los mismos comicios
para designar jefe de gobierno y diputados porteños.
Eduardo Macchiavelli,
subsecretario de Atención Ciudadana de la ciudad, que lleva adelante
la organización de las comunas, sostuvo al diario La Nación:
"El funcionamiento ideal de las comunas será parte de un
proceso largo, luego de que asuman las autoridades el próximo
10 de diciembre. Va a tener un comienzo de incertidumbre, pero tiene
que haber un compromiso de la clase dirigente de no generar con estos
cargos beneficios a punteros políticos".
LOS QUE COBRARÁN
LOS FUNCIONARIOS DE LAS COMUNAS PORTEÑAS
El presidente de cada comuna cobrará el 70 por ciento del sueldo
bruto de un diputado porteño, o sea, 8.200 pesos, aproximadamente;
el resto de los integrantes, el 60%, es decir, 7.100 pesos. Esto da
un total de 50.862 pesos por unidad administrativa.
Se habló mucho
en los debates sobre incluir la descentralización en el estatuto
porteño y definir el contenido de la ley de comunas para contempla
la participación de partidos vecinales en las elecciones, pero
esto no ha sucedido. Los partidos participantes tal el registro que
entregamos hace unos días en este portal, todos son partidos
o alianzas políticas.
Por lo tanto, los
candidatos provendrán de los partidos políticos tradicionales.
La voz de los vecinos quedará en todo caso reflejada en el Consejo
Consultivo Comunal que, en teoría, permitirá que participen
del proceso de toma de decisiones de los juntistas, cuyo mandato durará
cuatro años.
Por su lado, las
juntas comunales compartirán el poder con el gobierno porteño.
Sus competencias serán planificar, ejecutar y controlar los trabajos
de mantenimiento urbano de las vías secundarias y otras de menor
jerarquía.
Además, le compete el arreglo de veredas, baches, arbolado y
luminarias en calles y algunas plazas, pero no las avenidas, área
de la que se ocupará la administración central.
Para consensuar las
políticas por aplicar entre el Poder Ejecutivo central y las
juntas comunales existirá un Consejo de Coordinación Intercomunal.
Asimismo, en las
comunas, sus funcionarios tendrán injerencia en la tarea de fiscalización,
pues cada una dispondrá de un cuerpo de inspectores propio.
PRESUPUESTO
El monto anual no podrá superar durante los dos primeros años
el 5 por ciento del presupuesto total de la ciudad, o sea que se repartirán
unos 1.200 millones de pesos entre las 15 comunas. Esto es 80 millones
por comuna.
"Como erogación
extra, la ciudad tendrá que afrontar el salario de 105 cargos,
que son los puestos totales que habrá en las 15 comunas. Si bien
hay una ley que indica que en los dos primeros años se destinará
a las comunas hasta 5 por ciento del presupuesto total de la ciudad,
aspiramos a que en un futuro no haya un techo. De todas maneras, presentaremos
una modificación en la ley las próximas semanas para ahondar
en especificaciones que requiere la normativa", dijo Macchiavelli.
Macchiavelli agregó:
"Cuando este gobierno asumió en 2007 encontró que
la Dirección Electoral no tenía los padrones actualizados
y había confusión respecto de ciertos límites geográficos
de las comunas. Tuvimos que generar un nuevo mapa de la ciudad y leyes
correctivas para demarcar los nuevos límites. Fueron pasos imprescindibles
para hacer los circuitos electorales".
Por su lado, la oposición
política acusó a Mauricio Macri de demorar la elección
de comuneros. Vale recordar que la ley 1777 está promulgada en
el 2006 y aprobada en noviembre del 2005.
TODO JUNTO PARA EL 10 DE JULIO
De cara a las elecciones
del próximo 10 de julio, los legisladores de la Ciudad tenían
varios temas que salvar, entre ellos, modificar una vez más la
ley 1777 (de Comunas) para establecer, como excepción, que la
boleta de candidatos para autoridad comunal no esté separada
de la de aspirantes a Jefe de Gobierno y Legisladores.
Tras un breve debate
en el que se modificaron aspectos gramaticales, el artículo 20
de la ley 1777 quedó redactado -en su primer párrafo-
de la siguiente manera: "Elección. Los miembros de la Junta
Comunal son elegidos, en forma directa y con arreglo al régimen
de representación proporcional que establece la ley electoral
vigente, por los ciudadanos domiciliados en la Comuna. A tales fines,
cada Comuna constituye un distrito único".
En el segundo párrafo,
en tanto, establece: "Para la segunda elección -y subsiguientes-
de autoridades de las juntas comunales se habilitarán boletas
u opciones separadas en caso de coincidir con la celebración
de otras elecciones. La convocatoria a elecciones de integrantes de
las Juntas Comunales es efectuada por el Jefe de Gobierno”.
QUE SABEN
LOS PORTEÑOS DE LAS COMUNAS PORTEÑAS
El próximo
10 de julio, además de elegir jefe y vice jefe de gobierno y
legisladores porteños, la mitad de la cámara, se elegirán
por primera vez Jefes Comunales.
De esto sólo
el 33 por ciento de los ciudadanos porteños sabe o conoce algo,
sólo el 33 por ciento conoce qué es una comuna. El 33
por ciento de los habitantes de la Ciudad de Buenos Aries sabe a que
se refiere el término "Comunas".
Este es un modelo de descentralización que a partir del 10 de
diciembre entrará en vigencia para darle un nuevo impulso a la
desconcentración de las funciones políticas y administrativas
de la ciudad.
LISTA SABANA:
UNA TRAMPA CONTRA LA DEMOCRACIA PARTICIPATIVA
Lo que se adjunta
es una nota de un vecino participativo de la comuna 14 sobre la lista
sábana en la Ciudad de Buenos Aires para las elecciones comunales
del próximo 10 de julio.
CARTA
SOBRE LA LISTA SÁBANA
FUENTES: Dyn, La
Nación, Justicia porteña y fuentes propias, leyes y la
Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y fuentes propias.
Caracteres: 9484
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